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Pelayonex, compañía directa de Seguros Pelayo

9 dic 2012



Sin duda hoy en día se observa como todas las compañías de seguros que se precie se adaptan a los nuevos tiempos, una de ellas es por medio de la ventana de Internet que esta en auge que traen consigo muchas ventajas a los usuarios que quieran proteger su automóvil.

Las compañías como Mapfre y Pelayo, han creado filiales o sub-compañías de seguros de venta directa  que sólo se encargan de operar por Internet y teléfono, ofreciendo al público precios más bajos para que se decidan a optar por ella.

Venta directa de Pelayonex

El retoño de Pelayo Mutua de seguros, es la que ha mantenido la mayor parte del nombre de la compañía origen para ser fácilmente identificado que a diferencia de Mapfre, ha llamado a su filial Verti.

Por otra parte se observa que la venta directa de seguros de Pelayo se hace por medio de Pelayonex, que además, cuenta con la ventaja de flexibilidad a la hora de escoger justo los productos que se quieran optar.

Productos de Pelayonex

Dentro de los productos que ofrece esta compañía están; los seguro a tercero, tercero ampliado, seguro a todo riesgo con franquicia y seguro a todo riego completo cada una de ellas con grandes ventajas.

Pelayonex te ofrece cómodos precios que de seguro te convencerán además, se puede introducir los datos de tu automóvil para saber que tipo de seguro te conviene, así que no esperes más y asegura tu coche en la compañía Pelayo.

Seguro escolar: Estudia seguro

30 nov 2012


El seguro escolar en España es obligatorio para los estudiantes de 3º de la ESO en adelante, y menores de 28 años.  Éste se abona junto con la matrícula de los estudios, suponiendo una cantidad de 1.12 €. Siempre hemos visto esa cantidad en la matrícula sabiendo que se trata del seguro pero sin darle más importancia, como algo “que se tiene que pagar” y ya está.  Normalmente desconocemos cuales son sus coberturas. 

El seguro escolar protege al estudiante en caso de accidente, enfermedad e infortunio familiar, las prestaciones pueden ser económicas o sanitarias.

Accidente escolar es aquel daño que sufre el estudiante dentro o fuera del centro, incluyendo las empresas de prácticas, los viajes, actividades deportivas… siempre que sean autorizadas por el centro educativo. Los servicios ofrecidos son asistencia médica y farmacéutica e indemnizaciones en función de la gravedad del accidente. Si éste provoca una incapacidad permanente para continuar los estudios se paga una indemnización entre 150,25 euros y 601,01 euros; sin embargo si la invalidez es tal el estudiante queda incapacitado para los actos más esenciales de la vida, recibe una pensión vitalicia de 144,24 euros anuales.

Asistencia médica en caso de enfermedad contraída durante el periodo de vigencia del seguro escolar, en este caso las prestaciones sanitarias dependen de la Comunidad Autónoma.  

El infortunio familiar es cualquier situación que impida al estudiante seguir sus estudios de carrera o doctorado, tiene derecho a recibir esta prestación en caso de fallecimiento del cabeza de familia o quiebra familiar. La cuantía será de 86.55 € o 103.85€ en caso de familia numerosa.

Para obtener más información sobre el seguro escolar la Tesorería de la Seguridad Social dispone de un folleto informativo. 

Seguros por defunción (I)

29 nov 2012

Muchas veces no es fácil enfrentarnos a la contratación de determinados tipos de seguros ya que nos hacen reflexionar sobre circunstancias futuras que no deseamos. Este es el caso de los seguros por defunción.

Este seguro tan particular se comercializa en España desde hace más de un siglo con un éxito comercial incuestionable y la contratación de este tipo de seguros podiamos decir que es un hábito heredado en los hogares españoles.

Muchos de los clientes contratan este tipo de seguros muy rápido para evitar pensar en el momento de la defunción y luego no se vuelven a replantear si verdaderamente lo necesitan, qué tipo de coberturas han contratado o si les merecería la pena cambiar de aseguradora. Por ello, aconsejamos reservar un tiempo de reflexión para valorar nuestras necesidades y comparar diferentes tipos de seguros y compañías. 

Las pólizas de este tipo de seguros rondan entre 20 o 30 euros trimestrales, y entre los servicios más comunes incluyen la cobertura de los gastos funerarios (velatorio, flores, ataúdes, coches...) que suelen ser entre 2000/3000 euros. También la aseguradora se encarga de las gestiones burocráticas (obtención del certificado de defunción, inscripción del deceso en el Registro Civil, solicitud de la licencia de entierro o incineración).

Las principales aseguradoras que sin duda hay que consultar antes de contratar un seguro por defunción o cambiar de compañía son:
Ocaso
Mafre
Generalli
Santa Lucia

Aumenta el fraude contra los Seguros



La crisis económica agudiza el ingenio de los más listos. Con los fuertes problemas económicos que está sufriendo nuestra sociedad, se intenta obtener dinero de cualquier forma, y estafar a las compañías aseguradoras es una de ellas. 

Hace poco se dio a conocer la noticia de un hombre de Valencia que se cortó el brazo para poder obtener así 600.000€ de varios seguros. El valenciano formaba parte de una familia en la que todos estaban en paro, y ante la triste situación se decantó por una solución desesperada, tanto es así que él mismo se amputó el brazo con una sierra mecánica. 

Muchos casos como éste deben afrontar cada día las aseguradoras, cada vez se dan más intentos de fraude y más sofisticados. Como para cualquier tema, internet es una gran fuente de información y el mundo del fraude no es menos, podemos encontrar ideas sobre cómo estafar en foros, redes sociales… 

La situación está haciendo que las compañías se vean en la necesidad de contratar investigadores privados para analizar “accidentes” sospechosos como el mencionado anteriormente.  Con esta medida las aseguradoras se están ahorrando grandes cantidades de dinero. También han iniciado otras prácticas como la implantación de un fichero común de coches siniestrados, para evitar que se intente cobrar varias veces por el mismo vehículo accidentado.

¿Cuáles son las consecuencias de cometer este tipo de fraude? Pérdida del derecho a la indemnización que le correspondería, cancelación de la póliza el seguro,  e incluso algunas de estas actuaciones están tipificadas como delito penal debiéndose abonar multas o incluso cumplir condenas de prisión.  El fraude es un tema serio que afecta tanto a asegurados como aseguradoras, y debemos evitarlo. 

Accidente de vehículos en cadena: ¿a quién reclamar?

25 nov 2012




Cuando suceden accidentes de coches en cadena surge un problema inesperado, ¿a quién culpar por el hecho? Al del frente, al de atrás, el que sigue, en fin, todo un problema.  Nuestro propósito el día de hoy es que sepas distinguir el culpable de un hecho confuso como este.

Debido a que la situación puede ser caótica para los conductores en el momento del siniestro, aunque parezca difícil creerlo, se hace simple indagar  a quién se debe reclamar. Hay dos aspectos que debes tomar en cuenta.

En busca del culpable 

Primero: Un vehículo golpea a otro segundo vehículo y éste ocasiona daños a uno o más terceros. Dado este caso podría considerar que el responsable del siniestro es el coche que ha ocasionado el accidente en cadena, en forma sencilla, el automóvil que primero ha golpeado. 

Segundo: Se da el hecho de una colisión entre dos vehículos y un tercero golpea posteriormente con los dos primeros. Se trata en realidad de dos accidentes. En la primera colisión, el coche que impacta será responsable de los daños ocasionados en primera instancia. 

En caso de la segunda colisión, el coche o los coches que vayan sumándose a tal siniestro serán responsables de los daños causados directamente por ellos, ¿injusto? Posiblemente, lo cierto es que la ley es clara, y de no tener fundamentos para demostrar la inocencia no habrá otra cosa que hacer. 

Fundamento legal 

Para fundamentar lo mencionado con anterioridad es necesario recurrir a la resoluciónjudicial del Juicio Ordinario número 1158/2005, del Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Murcia, en dicho tratado se diferencian claramente dos accidentes con dos responsabilidades distintas. 

Finalmente, para saber quién es el responsable de daños personales se debe entender que, la complicación deviene de saber quién es la persona que está en el eslabón intermedio, más difícil en el caso en que el receptor de la colisión es a su vez causante de la precedente. 

Otro punto a tomar en cuenta es el tema de las aseguradoras, si estas no se llegan a un acuerdo es muy probable que el siniestro acabe ante el juez que seguramente dirimirá el juego de responsabilidades sobre la base de las pruebas aportadas, fundamentalmente el atestado y las declaraciones del testigo.

Seguros del sector de la pirotecnia y cartuchería, parte II

24 nov 2012




El día de hoy terminaremos de explicar todo lo referente al seguro obligatorio del sector de la pirotecnia y la cartuchería. Ya hemos visto las leyes en las que se fundamenta ésta exigencia, su valor y sus características básicas. Ahora veremos un  poco sobre estudios que han realizado compañías aseguradoras en relación a este sector.

Es sabido por las aseguradoras que elaborar pirotecnia no es nada sencillo, y más aún, los materiales que son utilizados en su proceso, el principal componente en el que se han centrado es en la pólvora negra, misma que según investigaciones se compone de:

a) Materiales detonantes destinada a producir efecto de trueno y apertura en algunos artículos pirotécnicos. 

b) Materia pirotécnica destinada a producir efectos no detonantes en los artículos pirotécnicos, así como la pólvora negra fabricada en el talle para uso propio.

En términos generales, la materia reglamentada en la cartuchería es aquella que sirve como propulsora del cartucho que se encuentra expuesta al sistema de iniciación o pistón, es a su vez genera el empuje final para su expulsión y elevación.

Proceso para adquirir un seguro de pirotecnia 

El inicio del proceso se basa en la instrucción técnica 12 sobre gestión de la eliminación o inertización de esos productos desclasificados. En ésta se obliga a las empresas del sector a elaborar el proceso frente a un enviado especial para comprobar que su elaboración sea legal y sigua reglamentos establecidos. 

Finalmente, de la instrucción técnica 21, se desprende la obligación del organismo de suscribir un seguro de responsabilidadcivil, de acuerdo a lo establecido en Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.

Seguros de Animales y Mascotas

10 oct 2012


Cada dia hay mas animales y mascotas en nuestras vidas y en nuestros hogares. Por ello hay cada vez mas seguros de animales y mascotas. Hoy en dia los seguros estan adaptados a las necesidades y diferencias de cualquier propietario de un animal de compañía. Los seguros de animales y mascotas son para aquellos que poseen y quieran proteger a sus animales y mascotas con un seguro para estar mas tranquilos. En el caso de perros y gatos, ya hay seguros similares al Seguro Médico de las personas pero adaptado a lo que necesita cada mascota.


El artículo 1.905 del Código Civil establece que: “El poseedor de un animal o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe”. Estos Seguros amparan la Responsabilidad Civil de  los daños personales y materiales causados involuntariamente a terceros por hechos que deriven de la propiedad de un animal de compañia.

Cobertura de los seguros de animales:
  • Gastos veterinarios
  • Consultas, medicamentos, pruebas diagnósticas, quirofano, ..
  • Indemnización por robo.
  • Estancia en residencia.
  • Responsabilidad Civil (incluida para perros peligrosos).
  • Defensa Jurídica.
  • Asesoramiento para el cuidado del animal.
  • Información completa sobre mascotas.
 
Los seguros de mascotas y animales son seguros para poder disfrutar de animales y mascota con total tranquilidad. 
 
Por qué contratar un seguro para animales:

  • En el caso de los perros peligrosos, se trata de un seguro obligatorio a nivel nacional.
  • Algunas comunidades autónomas de España han extendido la obligatoriedad del seguro de Responsabilidad Civil a todos los perros, sin necesida de que se trate de animales parcialmente peligrosos.
  • Suelen cubrir los servicios de  clínicas veterinarias.

    Los Seguros de las Embarcaciones de Recreo


    Izad velas y a toda máquina. Relájese y disfrute del viaje.

    Los seguros de embarcaciones de recreo y/o deportivas ofrecen garantía de protección para embarcación mientras practica su deporte favorito, como para sus ocupantes. La pretension es que no se quede anclado y se sienta seguro navegando.

    Garantías básicas
    1. Responsabilidad Civil.
    2. Los capitales y coberturas de esta garantía son los establecidos en el R.D.607/1999, de 16 de abril por el que se aprobó el Reglamento del Seguro de Responsabilidad Obligatoria.
    Garantías opcionales
    1. Seguro de Daños a la embarcació:Pérdida total, Averías, Robo y Otras.
    2. Seguro de Responsabilidad Civil Voluntaria (complementaria del obligatorio)
    3. Seguro de Reclamación de Daños
    4. Seguro de Accidentes individuales de ocupantes. 

    Seguro de embarcaciones españolas y extranjeras.

    Todo naviero o propietario de embarcaciones de recreo o deportivas debe tener asegurada la responsabilidad civil en que pueda incurrir con motivo de la navegación de sus embarcaciones o, estando las mismas atracadas.

    Para los riesgos derivados de participación en regatas, pruebas, competiciones de todo tipo y sus entrenamientos, incluidos apuestas y desafíos, deberá suscribirse un seguro especial destinado a cubrir la responsabilidad civil de los intervinientes.

    También los navieros o propietarios de embarcaciones extranjeras de recreo o deportivas que naveguen por el mar territorial español y por sus aguas marítimas interiores, siempre que tengan entrada o salida en un puerto español, deberán asegurar la responsabilidad civil en que puedan incurrir con motivo de la navegación o acreditar la existencia de un seguro. 

    La navegación sin la cobertura obligatoria establecida es considerada infracción grave, lo que puede suponer una sanción de hasta 180.000 Euros.

    Ámbito material y limites de la cobertura

    El seguro obligatorio cubrirá los siguientes riesgos:
    1. Muerte o lesiones corporales de terceras personas.
    2. Daños materiales a terceros.
    3. Pérdidas económicas sufridas por terceros que sean consecuencia directa de los daños relacionados en los puntos 1 y 2 anteriores.
    4. Daños a buques o embarcaciones por colisión o sin contacto.

    El seguro de responsabilidad civil obligatoria no suele comprender:

    1. Los daños producidos al tomador del seguro, al naviero o al propietario de la embarcación identificada en la póliza o al asegurado usuario de la misma.
    2. La muerte o lesiones sufridas por personas transportadas que efectúen pagos para el crucero o viaje, las personas de mantenimiento, conservación y reparación de la embarcación asegurada, y el patrón o piloto de la embarcación.
    3. Los daños sufridos por la embarcación asegurada.
    4. Los daños causados por la embarcación durante su reparación, su permanencia en tierra, o cuando sea remolcada o transportada por vía terrestre, ya sea sobre vehículo o de cualquier otra forma.
    5. Los daños sufridos por los bienes que por cualquier motivo (propiedad, depósito, uso, manipulación, transporte u otros) se hallen en poder del asegurado o de las personas, que de el dependan o de los ocupantes de la embarcación.
    6. Los daños personales o materiales sufridos por las personas con ocasión de ocupar voluntariamente una embarcación, pilotada o patroneada por persona que careciera del adecuado título, si el asegurador probase que aquéllos conocían tal circunstancia.
    7. Los daños producidos a embarcaciones y objetos remolcados, con el fin de salvarlos, y a sus ocupantes.
    8. Los daños personales y materiales producidos por embarcaciones aseguradas que hubieran sido robadas o hurtadas.
    9. El pago de sanciones y multas, así como las consecuencias del impago de las mismas.
    10. Los daños producidos por la participación de las embarcaciones en regatas, pruebas, competiciones de todo tipo y sus entrenamientos, incluidos apuestas y desafíos, salvo que se haya suscrito cobertura para estos eventos

    Seguro de Accidentes

    8 sept 2012


    Seguros sobre riesgos que afectan a la integridad corporal de las personas: daños provocados por un accidente.

    Hay seguros de accidentes tanto de caracter individual como colectivos con diversos tipos de pólizas de accidentes.

    Cada asegurado debe buscar las mejores coberturas del mercado. Lograr una buena asistencia en viaje, una liberación de pago de primas de seguro contratadas, adelanto de gastos de sepelio y una segunda opinión médica.

    Las pólizas de carácter colectivo ofrecen soluciones y gran variedad de coberturas según el número de empleados.

    Las pólizas de seguro individual incluye protección en el ámbito laboral, privado y desplazamientos, incluso en el extranjero.

    El seguro colectivo comprende una amplísima variedad de coberturas; fallecimiento por accidente, gastos de sepelio, invalidez permanente absoluta, invalidez permanente parcial, invalidez total para actividad profesional, incapacidad temporal, gran invalidez, asistencia sanitaria, hospitalización, fallecimiento o invalidez por accidente de circulación y fallecimiento por muerte natural.

    Seguros de mercancias y transportes



    El seguro de mercancias y transportes cubre los daños materiales de mercancias, medio de transporte u otros objetos. Cubre aquellos daños de todo tipo de mercancias que puedan ser transportadas por medios terrestres, aereos o maritimos.  


    La finalidad del seguro de transporte de carga es la de cubrir las mercancías contra los diversos riesgos que se puedan presentar durante el transporte de las mercancías.
    El seguro cubre la mercancía transportada en cualquier parte del mundo, pues los bienes siempre están expuestos a sufrir daños a consecuencia de un accidente o imprevisto. La cobertura puede iniciar desde que los bienes salen del almacén del proveedor hasta su destino final, ya sea por tierra, mar o aire.
    Marítimo: comprende el aseguramiento de buques y material relacionado con la navegación y el de las mercancías.

    Terrestre: el transporte efectuado por ferrocarril o por camión; aquí también hay que distinguir el medio, el vehículo y las mercancías.

    Fluvial y lacustre: el aseguramiento de buques y cargamentos en ríos y lagos.

    Aéreo: seguros a las aeronaves, aviones y a las mercancías transportadas.



    Características de la mercancía a tener en cuenta para asegurar su transporte.
    • Naturaleza de la Mercancía: Frágil, Perecedera, Inflamatoria, etc.
    • Estado Natural: Sólido, Líquido, Gaseoso, etc.
    • Condiciones: Congelado, Refrigerado, Calentado, Oxigenado, etc.
    • Dimensiones: Tamaño, Volumen, Peso, etc.
    • Ámbito: Origen, Destino, Trasbordos, Régimen de transporte, etc.
    • Embalaje y Acondicionamiento: Cajas Barriles, Contenedor, etc.
    • Valor a Asegurar: Coste, Flete, Porte, Seguros, Despachos, etc.
    • Fórmula de Compraventa - Incoterms: CIF, CIP, FOB, C&F, etc.

    ¿Quién puede contratar un seguro de transporte de mercancías?
    Todas aquellas personas o entidades que tengan un interés en las mercancías a transportar y cuyo deterioro representaría un quebranto patrimonial para los mismos.

    Las cuatro fórmulas de cobertura más comunes son las siguientes:
    • Póliza de un sólo viaje o sencilla: Se usan para cubrir un sólo viaje u operación.
    • Póliza Flotante por Avisos: Tienen una duración indefinida y sirven para amparar todas las operaciones de un determinado Asegurado. Requieren comunicación de cada viaje.
    • Póliza Flotante de Volumen: Son una variante de las Pólizas Flotantes pero se basan en la Facturación y/o volumen movidos que se pretenden asegurar sin necesidad de comunicar cada operación a la Compañía.
    • Pólizas de Abono o Anual (A prima fija): Otorgan una cobertura determinada por un mismo medio de transporte. Son muy utilizadas para cubrir riesgos de mercancías transportadas por camiones.

     
     
     
     
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