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Seguro escolar: Estudia seguro

30 nov 2012


El seguro escolar en España es obligatorio para los estudiantes de 3º de la ESO en adelante, y menores de 28 años.  Éste se abona junto con la matrícula de los estudios, suponiendo una cantidad de 1.12 €. Siempre hemos visto esa cantidad en la matrícula sabiendo que se trata del seguro pero sin darle más importancia, como algo “que se tiene que pagar” y ya está.  Normalmente desconocemos cuales son sus coberturas. 

El seguro escolar protege al estudiante en caso de accidente, enfermedad e infortunio familiar, las prestaciones pueden ser económicas o sanitarias.

Accidente escolar es aquel daño que sufre el estudiante dentro o fuera del centro, incluyendo las empresas de prácticas, los viajes, actividades deportivas… siempre que sean autorizadas por el centro educativo. Los servicios ofrecidos son asistencia médica y farmacéutica e indemnizaciones en función de la gravedad del accidente. Si éste provoca una incapacidad permanente para continuar los estudios se paga una indemnización entre 150,25 euros y 601,01 euros; sin embargo si la invalidez es tal el estudiante queda incapacitado para los actos más esenciales de la vida, recibe una pensión vitalicia de 144,24 euros anuales.

Asistencia médica en caso de enfermedad contraída durante el periodo de vigencia del seguro escolar, en este caso las prestaciones sanitarias dependen de la Comunidad Autónoma.  

El infortunio familiar es cualquier situación que impida al estudiante seguir sus estudios de carrera o doctorado, tiene derecho a recibir esta prestación en caso de fallecimiento del cabeza de familia o quiebra familiar. La cuantía será de 86.55 € o 103.85€ en caso de familia numerosa.

Para obtener más información sobre el seguro escolar la Tesorería de la Seguridad Social dispone de un folleto informativo. 

Seguros por defunción (I)

29 nov 2012

Muchas veces no es fácil enfrentarnos a la contratación de determinados tipos de seguros ya que nos hacen reflexionar sobre circunstancias futuras que no deseamos. Este es el caso de los seguros por defunción.

Este seguro tan particular se comercializa en España desde hace más de un siglo con un éxito comercial incuestionable y la contratación de este tipo de seguros podiamos decir que es un hábito heredado en los hogares españoles.

Muchos de los clientes contratan este tipo de seguros muy rápido para evitar pensar en el momento de la defunción y luego no se vuelven a replantear si verdaderamente lo necesitan, qué tipo de coberturas han contratado o si les merecería la pena cambiar de aseguradora. Por ello, aconsejamos reservar un tiempo de reflexión para valorar nuestras necesidades y comparar diferentes tipos de seguros y compañías. 

Las pólizas de este tipo de seguros rondan entre 20 o 30 euros trimestrales, y entre los servicios más comunes incluyen la cobertura de los gastos funerarios (velatorio, flores, ataúdes, coches...) que suelen ser entre 2000/3000 euros. También la aseguradora se encarga de las gestiones burocráticas (obtención del certificado de defunción, inscripción del deceso en el Registro Civil, solicitud de la licencia de entierro o incineración).

Las principales aseguradoras que sin duda hay que consultar antes de contratar un seguro por defunción o cambiar de compañía son:
Ocaso
Mafre
Generalli
Santa Lucia

 
 
 
 
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