Cuando suceden accidentes de coches en cadena surge un problema inesperado, ¿a quién culpar por el
hecho? Al del frente, al de atrás, el que sigue, en fin, todo un problema. Nuestro propósito el día de hoy es que sepas
distinguir el culpable de un hecho confuso como este.
Debido a que la situación puede ser caótica para los
conductores en el momento del siniestro, aunque parezca difícil creerlo, se
hace simple indagar a quién se debe
reclamar. Hay dos aspectos que debes tomar en cuenta.
En
busca del culpable
Primero:
Un vehículo golpea a otro segundo vehículo y éste ocasiona daños a uno o más
terceros. Dado este caso podría considerar que el responsable del siniestro es
el coche que ha ocasionado el accidente en cadena, en forma sencilla, el
automóvil que primero ha golpeado.
Segundo:
Se da el hecho de una colisión entre dos vehículos y un tercero golpea
posteriormente con los dos primeros. Se trata en realidad de dos accidentes. En
la primera colisión, el coche que impacta será responsable de los daños
ocasionados en primera instancia.
En caso de la segunda colisión, el coche o los
coches que vayan sumándose a tal siniestro serán responsables de los daños
causados directamente por ellos, ¿injusto? Posiblemente, lo cierto es que la
ley es clara, y de no tener fundamentos para demostrar la inocencia no habrá
otra cosa que hacer.
Fundamento
legal
Para fundamentar lo mencionado con anterioridad es
necesario recurrir a la resoluciónjudicial del Juicio Ordinario número 1158/2005, del Juzgado de Primera
Instancia nº 11 de Murcia, en dicho tratado se diferencian claramente dos
accidentes con dos responsabilidades distintas.
Finalmente, para saber quién es el responsable de
daños personales se debe entender que, la complicación deviene de saber quién
es la persona que está en el eslabón intermedio, más difícil en el caso en que
el receptor de la colisión es a su vez causante de la precedente.
Otro punto a tomar en cuenta es el tema de las
aseguradoras, si estas no se llegan a un acuerdo es muy probable que el
siniestro acabe ante el juez que seguramente dirimirá el juego de
responsabilidades sobre la base de las pruebas aportadas, fundamentalmente el
atestado y las declaraciones del testigo.
