Contratar un seguro no es para nada, algo sencillo
de hacer, eso hasta ahí. Pero si de entrada existe ese pequeño inconveniente, ¿imagínate
si existiesen complicaciones por discriminación según tu sexo? De hecho, ya
varios antecedente que revelan ejemplos claros del tema que tratamos.
La discriminación
según el género al comento de contratar una póliza se vio reflejada en una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE). En dicho caso se estableció
que no es legal la diferencia de trato en los seguros por razón de sexo. Esta prohibición
esta cerca de ser aplicada (a partir del 21
de diciembre de 2012).
Leyes
de España
El país español se había adaptado según su legislación
a la Directiva 2004/113/CE del consejo, de 13 de diciembre de 2004, mismo que
hace referencia al principio de igualdad de trabajo entre hombres y mujeres al
acceso a bienes y servicios y su mantenimiento.
¿Es legal el
trato según el género? Hasta cierto punto sí, te explico, las
aseguradoras aplican el cálculo de algunos de sus productos de seguros tablas
de mortalidad que contemplan diferencias de primas por razón de edad y sexo.
Según el artículo 34.b, esta acción
se puede tomar como una infracción.
Aseguradoras
aseguradas
El artículo antes mencionado es sumamente utilizado
por las aseguradoras, que afirman
utilizar dichas tablas, no con el fin de discriminación, sino de fijación de
precios, pues es sabido que la mujer vive más que el hombre por término general
y esto las hace más económicas a la hora de suscribir un seguro de vida.
Ciertamente es la verdad; sin embargo, no se puede
tapar el sol con un dedo, actualmente existen aseguradoras que mal informando
al cliente, lo hacen realizar trámites innecesario, y al final de todo, terminan
pagando más de la cuenta. ¿Te ha pasado?

