Mostrando entradas con la etiqueta Seguro de arquitectos. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Seguro de arquitectos. Mostrar todas las entradas

Seguros de hogar, IVA sobre las reparaciones

29 nov 2012




De acuerdo a los informes, el IVA de las reparaciones que acomete una empresa o un profesional como consecuencia de daños dentro del hogar,  se encuentran protegidos por una póliza de seguros multiriesgos que hasta el momento se encuentra en un 7%. Esto se hará siempre y cuando cumplas con los requisitos establecidos por  los artículos de la ley 37/1992.

Una vez cumplas con los artículos 91, 1, 2, 15 de la ley que se estableció el 28 de diciembre al Impuesto sobre el valor añadido, esto significa que se puede hacer uso de esta gran oferta. Sin duda, los beneficios serán más cómodos.

Propietarios de viviendas  

Al parecer este tipo de reducción del 7%, se refieren a las reparaciones de albañilerías que se han realizado en construcciones como; edificios o partes de los mismos destinados a viviendas. Pero esto se hará sí el destinatario de la reparación es una persona física que, utilice la vivienda para su uso particular o una comunidad de propietarios.

Por otra parte, el destinatario de la reparación es la aseguradora que tributará por el IVA al tipo de impositivo del 18%. Por los servicios de reparación se entiende como: fontanería, pintura o albañilería. 

Rehabilitación de vivienda 

Los demás requisitos para que el IVA de estas reparaciones del 7% pueden ser para obras como, la construcción de una vivienda, mano de obra de alguna imperfección, entre otras posibles causas.
Dentro de ellas también se encuentran las posibles obras, donde no se incluya el material para llevar acabo su ejecución; de ese modo no se excederá del 33% de la base imponible de la operación.

Arquitectos, pago de prima y siniestros parte II

14 nov 2012



El día de ayer veíamos los conceptos básicos manejados por la mayor parte de arquitectosque están o serán asegurados por una mutua, específicamente la del Colegio de Arquitectos y la Hermandad. Ahora bien, ha llegado el momento de ver el proceso que se realiza al momento de existir una demanda.

Transar siniestros

Este término se refiere a una queja de muchos arquitectos que Asemas suele transaccionar. Esto es debido a que se considera que tal o cual reclamación podrían haberse defendido para que no les fuera imputable.
El termino transar, significa, ceder y llegar a un acuerdo con el demandante, esto a su vez, no deberá afecta al arquitecto. Con posterioridad Asemo, se los imputa a través del procedimiento del recargo por siniestralidad CPP.

Principio de equidad

Todos los seguros, y las mutuas, comparten un principio de equidad distributiva de riesgo entre los generadores del mismo. Esto evita cometer la injusticia de distribuir el peso de la siniestralidad a hechos posteriores sobre aquellos que la generan.

El mercado de Seguros

Esto quiere decir, llegar a un acuerdo de cobro de prima en función del volumen de actividad. Si se existiera el caso de una desproporción sistemática entre primas y siniestros, sucederán dos cosas: que suban la prima de anualidades siguientes o bien, que inviten  buscar otra aseguradora.

Con esto claro, y a opinión muy personal, creo que sería más seguro contar con una compañía que contara con la capacidad de distribuir los riesgos en múltiples ramos de seguro, presentes en gran número de sectores económicos.

Finalmente, dejo esta pregunta a la libre expresión: ¿qué sucedería, si Asema tuviese que ser intervenida (como lo han sido otras mutuas), con las primas pagadas y que supuestamente vienen a garantizar la protección en el futuro de los arquitectos?

 
 
 
 
Copyright © AseguraTe