De acuerdo a los informes, el IVA de las
reparaciones que acomete una empresa o un profesional como consecuencia de
daños dentro del hogar, se encuentran
protegidos por una póliza de seguros multiriesgos que hasta el momento se
encuentra en un 7%. Esto se hará siempre y cuando cumplas con los requisitos
establecidos por los artículos de la ley 37/1992.
Una vez cumplas con los artículos 91, 1, 2, 15 de la
ley que se estableció el 28 de diciembre al Impuesto sobre el valor añadido,
esto significa que se puede hacer uso de esta gran oferta. Sin duda, los
beneficios serán más cómodos.
Propietarios
de viviendas
Al parecer este tipo de reducción del 7%, se
refieren a las reparaciones de
albañilerías que se han realizado en construcciones como; edificios o partes
de los mismos destinados a viviendas. Pero esto se hará sí el destinatario de
la reparación es una persona física que, utilice la vivienda para su uso
particular o una comunidad de propietarios.
Por otra parte, el destinatario de la reparación es
la aseguradora que tributará por el IVA al tipo de impositivo del 18%. Por los
servicios de reparación se entiende como: fontanería, pintura o albañilería.
Rehabilitación
de vivienda
Los demás requisitos para que el IVA de estas reparaciones del 7% pueden ser para obras como, la construcción
de una vivienda, mano de obra de alguna imperfección, entre otras posibles
causas.
Dentro de ellas también se encuentran las posibles
obras, donde no se incluya el material para llevar acabo su ejecución; de ese
modo no se excederá del 33% de la base imponible de la operación.

