En primera instancia debemos decir que este seguro
es obligatorio ¿su fundamento? Bueno, se encuentra en el Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo. Mediante éste texto se aprueba
el reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería. Aquí se establecen todas
las exigencias en materia de seguros de las empresas y organismos relacionados
con este sector.
El reglamento es claro, las empresas que se encuentre
en el sector de la pirotecnia o la cartuchería, ya sea persona física o
jurídica, deben estar en posesión de un seguro de responsabilidad civil. Con
esto se fundamenta la cobertura para la fabricación, almacenamiento,
transporte, venta, uso transferencia, importación o exportación de artículos
pirotécnico y cartuchería, Artículo 3.
Cuentas
y beneficios
Existen varios servicios que se presentan a la hora
de adquirir un seguro para este sector, eso sí, lo que a continuación
explicaremos puede variar en función de la aseguradora
que se desee contratar, puesto que ellos manejan políticas internas.
Organizadores:
en esa se especifica que de adquirir una
póliza de seguro de accidente y de responsabilidad civil suscrita con un capital mínimo equivale a 500€ por
kilogramo de materia reglamentada. Estableciendo además, que el ayuntamiento
que autorice el evento, es el único responsable de la custodia del seguro de responsabilidad civil
suscrito por organizador del acto.
Las aseguradoras tienen claro el riesgo que corren
con este tipo de seguro, las entidades saben que la materia reglamentada en la
pirotecnia son materiales explosivas o mezclas explosivas de materias que forma
parte de los artículos pirotécnico y que su efecto final es detonante.
Bajo ese contexto cada cual ha realizado sus propias
investigaciones, a partir de sus resultados han decidido ofrecer servicios que
gusten o no a los interesados, deben cumplir. Pero esta parte la dejaremos para
el día de mañana, visítanos e infórmate sobre este tipo de seguro.

